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  • 1. ¿Cuáles son mis derechos si me detiene el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE)?
    En general, usted tiene los mismos derechos cuando es detenido por ICE que por cualquier otro policía. Estos derechos incluyen: Si no está detenido, tiene derecho a marcharse tranquilamente. Puede preguntar: "¿Estoy detenido o soy libre de irme?". Tiene derecho a guardar silencio. Si quiere ejercer este derecho, dígalo en voz alta: "Ejerzo mi derecho a permanecer en silencio". En Arizona, está obligado a dar su nombre, pero no tiene que responder a preguntas sobre dónde nació, si es ciudadano estadounidense o cómo entró al país. Este derecho a guardar silencio significa que tampoco tiene que mostrarles ningún documento. No entregue ningún documento extranjero como pasaporte, identificación consular o visas ya vencidas. Utilizarán en su contra cualquier información que usted les dé. NOTA: Se aplican normas diferentes en las fronteras y aeropuertos internacionales, y para las personas con determinadas visas de no inmigrante, incluyendo a los turistas y a los viajeros de negocios. Tiene derecho a negarse a que le registren a usted, sus pertenencias, su vehículo y/o su domicilio. Si le piden registrar algo, diga en voz alta: No, no consiento el registro. Tiene derecho a hablar con un abogado pagado por usted. A diferencia de una detención penal, no tiene derecho a un abogado gratuito. Puede solicitarle a ICE una lista de abogados gratuitos o de bajo costo. No tiene que firmar nada. Para más información sobre sus derechos en distintas situaciones: Visite la ACLU, Derechos al ser detenido por inmigración: Inglés aquí, Español aquí Visite Proyecto de Defensa al Inmigrante, Entérate de tus derechos con ICE disponible en más de 10 idiomas aquí.
  • 2. ¿Cómo debo responder si ICE llega a mi casa?
    Si alguien viene a su casa, antes de abrir la puerta, pregunte quién es y aclare si es la policía o ICE. Pidales que muestren su placa a través de una ventana o por la mirilla. Si es la policía o ICE, mantenga la calma, sea educado y no mienta. Si es posible, grabe su interacción. Pregunte si tienen una orden judicial. Pídales que le pasen la orden por debajo de la puerta o que se la enseñen a través de una ventana o de la mirilla. Compruebe el documento. Usted NO tiene que permitir que ICE o cualquier otro agente de la ley entre en su casa a menos que tengan una orden firmada por un juez. Lo más común es que ICE tenga un Formulario I-205 de Orden de Expulsión/Deportación. Esta NO es una orden firmada por un juez y NO le da a ICE el derecho de entrar a su casa u obligarle a salir y entregarse. Si no le muestran una orden con su nombre y firmada por un juez, NO abra la puerta. Diga: "No consiento su entrada" y quédese dentro. EXCEPCIÓN: Si usted o alguien en su casa está en libertad condicional que permite búsquedas, los agentes pueden entrar sin una orden judicial. Si los agentes entran por la fuerza, no se resista. Repita: "No consiento su entrada ni su registro. Ejerzo mi derecho a permanecer en silencio. Deseo hablar con un abogado". Si buscan a otra persona, pídales que dejen su información de contacto. No es necesario que les diga dónde encontrar a la persona y no debe mentir. Para más información consulte Proyecto de Defensa al Inmigrante, Redadas en el Hogar disponible en 6 idiomas diferentes aquí. O visite ACLU, Derechos al ser detenido por inmigración (en inglés aquí, en español aquí).
  • 3. ¿Cómo debo responder si ICE llega a mi lugar de trabajo?
    No se deje llevar por el pánico ni huya. Si puede, márchese con calma. Si lo paran al salir, puede preguntar si es libre de irse. Si el agente dice que no, no intente salir del edificio. Si le interrogan, tiene derecho a permanecer en silencio. Aparte de dar su nombre, NO tiene que responder a ninguna pregunta sobre dónde nació, cómo entró en Estados Unidos ni ninguna otra cosa. Si decide permanecer en silencio, dígalo en voz alta: "Ejerzo mi derecho a permanecer en silencio" o muéstreles una tarjeta de "Conozca de tus derechos" que indique que desea permanecer en silencio. Si le piden que se coloque en un grupo según su estatus de inmigrante, no tiene que moverse, o puede moverse a una zona que no esté designada para un grupo concreto. Puede negarse a mostrar documentos de identidad. NO muestre documentos falsos ni mienta. Tiene derecho a hablar con un abogado pagado por usted (no tiene derecho a un abogado gratuito si está detenido por ICE). Aunque no tenga abogado, puede informarle a las oficinas de inmigración que desea hablar con un abogado. Puede negarse a firmar cualquier documento hasta que tenga la oportunidad de hablar con un abogado. Si decide firmar algo sin un abogado, asegúrese de que entiende exactamente lo que dice y lo que significa el documento antes de firmarlo. Última actualización: 18 de diciembre de 2024.
  • 4. ¿Qué documentos debo llevar siempre conmigo para evitar problemas con las autoridades migratorias?
    Si usted tiene una prueba de su estatus legal en los Estados Unidos, incluyendo una tarjeta verde, una visa válida y vigente, un TPS válido y vigente, etc., es mejor que la lleve consigo en todo momento, o al menos una copia de la misma. Si no ha violado las condiciones de ese estatus (por ejemplo, ha cometido un delito, se ha quedado más tiempo del permitido por su visado, etc.), inmigración no puede detenerle ni deportarle. ¿Qué pasa si tengo un caso pendiente con el tribunal de inmigración? Si usted tiene un caso abierto en el tribunal de inmigración (con el tribunal de inmigración, la Junta de Apelaciones de Inmigración, o un tribunal de circuito) ICE ya sabe que usted está aquí. Por lo tanto, es poco probable que ICE lo detenga a menos que haya cometido un delito, no haya asistido a una audiencia en el tribunal o no se haya presentado, no tenga más derecho a una apelación o audiencia, o haya hecho algo que les haga pensar que podría ser un peligro para la comunidad o un riesgo de fuga. ¿Qué pasa con un caso pendiente con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)? Si usted no tiene ningún caso abierto con el tribunal de inmigración, sino que levantó la mano para solicitar un estatus legal con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), ICE generalmente no sabe que usted está aquí. En muchos casos, si sólo tiene un caso pendiente y no un estatus legal actual, ICE tiene autoridad para detenerle e iniciar el proceso judicial de inmigración para deportarle. Sin embargo, si tiene un caso pendiente con el USCIS, se recomienda que lleve consigo una prueba del mismo (copia u original). Podría ser una razón por la que ICE decida no detenerle o iniciar un proceso judicial. NOTA: Si tiene cargos penales recientes, corre un riesgo mucho mayor de ser detenido y es más probable que ICE abra un caso con el tribunal de inmigración. Si tiene una deportación anterior, tiene un riesgo muy alto de detención y la única manera de detener su deportación inmediata es declarar que tiene miedo de regresar a su país de origen. Si tiene una deportación anterior, NO tiene derecho automático a ver a un juez en el tribunal de inmigración. ¿Y el permiso de trabajo o de conducir? No todos los permisos de trabajo o de conducir son iguales. Si tiene uno, definitivamente llévelo consigo. Pero si va a tener o no problemas con ICE dependerá de si obtuvo el permiso de trabajo o la licencia de conducir por tener un estatus legal, un caso pendiente con el tribunal de inmigración o un caso pendiente con el USCIS. Para obtener información sobre los documentos que debe llevar consigo para evitar problemas con las autoridades policiales locales que pretendan hacer cumplir la Propuesta 314, consulte la Pregunta 8 de las preguntas frecuentes sobre la Propuesta 314.
  • 5. ¿Cuál es la diferencia entre una tarjeta verde, un visado y una autorización de trabajo?
    Una persona con tarjeta verde tiene residencia permanente en Estados Unidos. Como su residencia es permanente, no la pierden cuando se olvidan de renovar o pierden la tarjeta verde. Los titulares de la tarjeta verde no necesitan autorización de empleo (permiso de trabajo) ni permiso de viaje (advance parole) por separado. Aunque una persona con tarjeta verde tiene residencia permanente, ésta puede ser revocada si comete determinados delitos, permanece demasiado tiempo fuera de EE.UU., etc. La única forma de evitar la deportación (expulsión) o la revocación de la condición de inmigrante es hacerse ciudadano estadounidense. Un viss es un estatus temporal en Estados Unidos. Hay muchos tipos diferentes de visad con distintos periodos de validez. Los tipos de visad incluyen visad turísticss, visad basadss en el empleo (por ejemplo, H1A, H1B, etc.), visad humanitariss (por ejemplo, viss U, visado T). Todos los titulares de un visa deben obtener una autorización de trabajo para trabajar en Estados Unidos y algunss visad no pueden obtener autorización de trabajo. Dado que este estatus es temporal, el titular debe seguir las normas de ls visa y renovarlo para mantener el estatus. Uns visa puede ser revocads si alguien no cumple las normas de la misma. Algunas visas tienen una vía futura hacia la residencia permanente, mientras que otras no. La autorización de empleo, también conocida como permiso de trabajo, es la prueba de que alguien está legalmente autorizado a trabajar en Estados Unidos. Muchos inmigrantes pueden obtener la autorización de trabajo mientras sus casos de inmigración están pendientes. Deben renovar continuamente su autorización de trabajo para seguir estando legalmente autorizados a trabajar en Estados Unidos. Dependiendo del estatus migratorio específico que tengan, el periodo de autorización de trabajo puede variar desde unos pocos meses a varios años. Un permiso de trabajo no permite a una persona entrar y salir de Estados Unidos.
  • 6. ¿Cómo puedo protegerme legalmente si soy indocumentado?
    Algunos inmigrantes indocumentados pueden tener una vía para obtener un estatus legal. Usted debe ponerse en contacto con un abogado de inmigración con experiencia para una consulta para ver si hay una manera de obtener un estatus legal. Si usted no está actualmente en proceso judicial de inmigración, también puede utilizar esta herramienta en línea para ver si usted podría ser elegible para el estatus de inmigración. Disponible en inglés aquí, en español aquí. NOTA, esta es una herramienta en línea. No podrá considerar todas sus circunstancias específicas. Es por eso que una consulta con un abogado también es importante, pero esta herramienta puede ser un punto de partida útil.
  • 7. ¿Qué pasos debo seguir si me ponen en un proceso de deportación?
    Si se le somete a un procedimiento de deportación, hay algunas cosas clave que debe saber: Cómo encontrar la fecha de su audiencia: Asegúrese de contar con las herramientas necesarias para confirmar la fecha y hora de las audiencias. Utilizando su número de extranjero, que es un número de nueve dígitos que sigue a la letra "A", puede buscar esta información llamando al 1-800-898-7180 o en línea en https://acis.eoir.justice.gov/en/. Vaya a TODAS las audiencias, aunque no tenga abogado. Si falta a una audiencia, está GARANTIZADO que recibirá una orden de deportación. Si se presenta, aunque no tenga abogado, tiene la oportunidad de seguir luchando. Normalmente, los jueces de inmigración le darán tiempo para encontrar un abogado al menos una vez. Interpretación: Si no habla inglés o habla mejor otro idioma, tiene derecho a un intérprete en su mejor idioma. El tribunal debe proporcionarle un intérprete sin costo alguno durante sus audiencias judiciales. NO continúe en inglés si no habla el inglés lo suficientemente bien como para entender el procedimiento. Contrate a un abogado: El tribunal de inmigración NO proporciona a los inmigrantes un abogado gratuito. NO está obligado a tener un abogado para ir al tribunal; tiene derecho a representarse a sí mismo. Sin embargo, la ley de inmigración y el proceso judicial son complicados, especialmente si no habla inglés. Los estudios demuestran que los inmigrantes no detenidos tienen 5 veces más probabilidades de ganar su caso con un abogado y los inmigrantes detenidos tienen el doble de probabilidades de ganar con un abogado. Los abogados pueden ser costosos, pero a menudo mejoran sus posibilidades de ganar. Pero, de nuevo, usted NO está obligado a tener un abogado y puede optar por representarse a sí mismo si no puede pagar un abogado o no quiere uno. Dirección postal correcta: Asegúrese de que el tribunal de inmigración tenga siempre su dirección postal correcta. El tribunal de inmigración se comunica por correo postal. Es importante que usted reciba todas las notificaciones de la corte, así que asegúrese siempre de actualizar a la corte con cualquier cambio en su dirección postal y de revisar su correo regularmente. Puede actualizar su dirección con el tribunal de inmigración utilizando el formulario EOIR-33IC disponible aquí o puede hacerlo en línea aquí (varios idiomas disponibles, elija en el menú desplegable en la esquina superior derecha).
  • 8. ¿Qué recursos están disponibles para ayudarme a encontrar un abogado de inmigración confiable?
    La ley de inmigración es un área legal especializada. Asegúrese de contratar a un abogado con experiencia en inmigración. Es importante que reciba asesoramiento jurídico de un abogado. También debe confirmar que la persona con la que habla es realmente un abogado y no un preparador de documentos, notario o asistente jurídico. Pregunte al abogado en qué estado está colegiado (no es necesario que el abogado esté colegiado en el estado en el que usted vive). Diríjase al colegio de abogados de ese estado y confirme que, efectivamente, es un abogado colegiado. La Asociación Americana de Abogados de Inmigración tiene esta herramienta en línea "Encuentre un abogado" (en español aquí) que puede ayudarle a encontrar un abogado de inmigración con experiencia en su área. Hable con las organizaciones locales de las que forme parte, puede que también tengan una lista de abogados de confianza. De nuevo, asegúrese de que sea un abogado de inmigración.
  • 9. ¿Cómo puedo proteger a mi familia en caso de ser detenido o deportado?
    La planificación anticipada puede ayudarle a proteger a su familia cuando sea detenido o deportado. Memorice el número de teléfono: Asegúrese de tener memorizado el número de teléfono de al menos un familiar o amigo. A menudo, cuando lo detienen, le confiscan el teléfono. Si no tiene un número de teléfono memorizado, puede que tarde mucho más en poder comunicarse con su familia. Documentos importantes guardados en un lugar conocido: Guarde una buena copia de sus documentos importantes - como su certificado de nacimiento, su pasaporte, su certificado de matrimonio, los certificados de nacimiento de su cónyuge e hijos, prueba de caso de inmigración pendiente y/o estatus migratorio - en un lugar seguro y asegúrese de que su familia sabe dónde encontrar toda esa información para que puedan ponerse en contacto con su abogado y/o proporcionar esa información inmediatamente. Deben ser copias claras y completas. No es necesario que estos documentos sean originales, apostillados o certificados, pero es una buena idea asegurarse de que cualquier documento en idioma extranjero tenga una buena traducción certificada al inglés. Ahorre para un fondo de emergencia: Comience a ahorrar ahora para un fondo de emergencia. Puede utilizarlo para cubrir las necesidades básicas de su familia, pagar una fianza de inmigración y/o contratar a un abogado. Formulario de consentimiento firmado por un abogado: En caso de que necesite contratar a un abogado, descargue y firme un formulario de consentimiento G-28 (disponible en: https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/forms/g-28.pdf). Firme en la página 3 donde dice: "Firma del cliente". Conserve el documento firmado con su información importante. NO necesita contratar a un abogado ahora para dar este paso. En su lugar, si le detienen, su familia se lo lleva cuando contrate a un abogado. En una emergencia, un abogado necesitará un G-28 firmado para probar que usted consiente en ser representado por ellos para poder hacer preguntas y obtener respuestas sobre dónde se encuentra y si es elegible para pelear su caso o ser liberado. Si está siendo procesado, transportado o detenido, conseguir su firma en un formulario puede tomar días. Tener un G-28 firmado que su familia pueda entregar a un abogado facilitará que un abogado obtenga información más rápidamente. Si tiene un abogado, es probable que ya haya hecho esto con él. Cree un plan de defensa familiar: Hay muchos factores a considerar cuando se piensa en la mejor manera de proteger a su familia, incluyendo la custodia de los hijos, el acceso a las cuentas bancarias, etc. Estas son algunas guías de planificación de defensa familiar para ayudarle a pensar en estas cuestiones y preparar los documentos necesarios: Proyecto Florence (específico de Arizona): Inglés aquí, español aquí. Centro de recursos jurídicos para inmigrantes: Inglés aquí, Español aquí.
  • 1. ¿Qué es la Propuesta 314 y cómo afecta a los inmigrantes en Arizona?
    La Propuesta 314 es una nueva ley que fue aprobada por los votantes de Arizona en noviembre de 2024. Tiene 4 disposiciones principales. Las tres disposiciones siguientes entraron en vigor el 25 de noviembre de 2024. Verificación de estatus para beneficios públicos: La Propuesta 314 requiere que las agencias estatales y locales que proporcionan beneficios como Medicaid (AHCCCS), cupones de alimentos y desempleo verifiquen el estatus migratorio de las personas que reciben esos beneficios. Las agencias ahora serán responsables de verificar el estatus migratorio de los beneficiarios con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), una agencia federal de inmigración, usando un programa llamado SAVE. Crimen por usar documentos falsos/fraudulentos para trabajar o recibir beneficios públicos: La Prop. 314 tipifica como delito que personas sin estatus migratorio soliciten beneficios del gobierno con información falsa. Las personas que presenten identificaciones falsas en sus trabajos para verificar el estatus migratorio bajo E-Verify también pueden ser castigadas bajo esta ley. Penas adicionales por la venta de fentanilo letal. La Propuesta 314 añade nuevas penas más estrictas a la venta en Arizona de fentanilo fabricado fuera de Estados Unidos y que cause la muerte de otra persona. La disposición más controvertida y que probablemente tendría el mayor impacto en la comunidad inmigrante local NO ha entrado en vigor todavía y en este momento no sabemos exactamente cuándo entrará en vigor, si es que lo hace. Esta cuarta disposición crea un nuevo delito estatal por entrar en Arizona desde un país extranjero sin estatus migratorio legal. Esto le permitirá a la policía local y a los sheriffs (unirse a los agentes federales de inmigración como ICE) en la realización de detenciones por entrar ilegalmente en Arizona. Estos arrestos pueden ocurrir en cualquier parte del estado, incluyendo escuelas, hospitales e iglesias. Si se presentan cargos penales en virtud de esta ley, los jueces de Arizona pueden condenarlos a prisión y ordenar su deportación a México. Esta parte de la ley podría aplicarse incluso a las personas que están solicitando asilo u otro estatus legal a las que el gobierno federal haya permitido entrar en el país. Esta ley sólo entrará en vigor una vez que la ley de Texas, SB4, u otra ley estatal similar haya estado en vigor durante 60 días. En este momento, todas esas leyes están siendo impugnadas en los tribunales. No sabemos cuándo se resolverán y entrarán en vigor.
  • 2. ¿Cómo afecta la Propuesta 314 a las familias de estatus mixto y qué protecciones están disponibles para ellas?
    La Propuesta 314 NO aplica a las personas que viven actualmente en Estados Unidos, aunque hayan entrado ilegalmente o no tengan estatus actualmente. La parte de "entrada ilegal" de la ley sólo se aplica de manera PROSPECTIVA. Esto significa que sólo se aplica a las personas que entran ilegalmente a Arizona desde México después de que la ley entre en vigor (la fecha en que entrará en vigor aún se desconoce, vea la Pregunta 1). Dicho esto, la Propuesta 314 no proporciona ninguna protección específica para las familias de estatus mixto; pone en riesgo de arresto, encarcelamiento y deportación a México desde el estado de Arizona a cualquier persona indocumentada que entre en Arizona desde un país extranjero después de la entrada en vigor de la ley. No proporciona ninguna protección especial a los padres, a las personas con fuertes lazos familiares ni a las personas con solicitudes de estatus migratorio pendientes. Aunque esta ley sólo es aplicable a las personas que entren ilegalmente en Arizona desde México después de que la ley entre en vigor, todavía puede afectar a las personas que han vivido aquí durante mucho tiempo, ya que es probable que se aumente el perfil racial. Aunque alguien que ha estado aquí durante mucho tiempo no puede ser condenado o deportado por los tribunales del estado de Arizona en virtud de la Propuesta 314, es probable que esta medida los coloque en mayor riesgo de enfrentar medidas de control migratorio. Es muy probable que la Propuesta 314 resulte en que muchos más inmigrantes y personas de color (sin importar su estatus migratorio) sean perfilados racialmente, detenidos e interrogados por las autoridades policiales. Y aunque al final se determine que la persona no puede ser acusada o condenada bajo la Propuesta 314, si la persona es indocumentada y no tiene un caso con la corte de inmigración, es posible que ya hayan llamado a ICE colocándola en camino a la deportación. Por eso es importante que la gente entienda sus derechos cuando es detenida por la policía. También animamos a las personas de familias de estatus mixto a que elaboren planes de defensa familiar en caso de que un miembro de la familia sea detenido o encarcelado. Puede encontrar algunas guías sobre cómo elaborar un plan y cumplimentar la documentación necesaria aquí: Proyecto Florence (específico de Arizona): Inglés aquí, español aquí. Centro de recursos jurídicos para inmigrantes: Inglés aquí, Español aquí.
  • 3. ¿Los servicios sociales y de salud para inmigrantes se verán afectados por la Propuesta 314? ¿Cómo afecta la Propuesta 314 a mis beneficios públicos? ¿A qué servicios puedo acceder? Por ejemplo, atención prenatal, SNAP, AHCCCS.
    La Propuesta 314 NO cambia la elegibilidad de una persona para recibir servicios sociales y de salud o beneficios públicos. Si antes de la Propuesta 314, su estado migratorio le permitía acceder a los servicios sociales y de salud y a los beneficios públicos, seguirá siendo elegible. Si antes de la Propuesta 314, su situación migratoria NO le permitía acceder a ellos, seguirá sin ser elegible. La Propuesta 314 exige que los organismos públicos lleven a cabo un proceso más específico de verificación del estatus migratorio cuando tramiten solicitudes de un beneficio público local, estatal o federal. Ejemplos de beneficios públicos son el desempleo, los cupones de alimentos, la asistencia en efectivo, etc. La Propuesta 314 requiere que las agencias públicas comprueben el estado de inmigración de la persona que solicita las prestaciones a través de un sistema nacional llamado Systematic Alien Verification for Entitlement (Verificación Sistemática de Extranjeros para la Otorgación de Beneficios) o programa SAVE. Este sistema está gestionado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS), una agencia federal de inmigración. Si el estatus migratorio de la persona no puede verificarse a través del programa SAVE, el solicitante no recibirá el beneficio público. NOTA: Sólo la persona que solicita los beneficios necesita tener su estatus migratorio verificado a través de SAVE. Si un padre/madre se encuentra indocumentado/a y está solicitando para un miembro de la familia con estatus migratorio, sólo el estatus migratorio del miembro de la familia solicitante debe ser verificado a través de SAVE. El padre/madre indocumentado/a que no está solicitando para sí mismo no está obligado a que su estatus migratorio sea verificado.
  • 4. ¿Cómo aborda la Proposición 314 la aplicación de la ley en lugares sensibles como escuelas, hospitales o lugares de culto?
    La propuesta 314 no establece ninguna protección específica para lugares vulnerables. A primera vista, puede aplicarse en todos estos lugares. En el ámbito federal/nacional, la ley también permite la aplicación de la ley en estas zonas, pero ICE ha adoptado históricamente la política de no aplicar la ley en estas zonas (véase, por ejemplo, el memorando Mayorkas 2021 "Guidelines for Enforcement Actions In or Near Protected Areas" o en español "Directrices para Acciones de Ejecución en o Cerca de Áreas Protegidas"). Abogar por que las fuerzas de seguridad locales adopten políticas similares para negarse a aplicar la ley en estas zonas vulnerables puede ser una estrategia a explorar.
  • 5. ¿Existen exenciones en la Propuesta 314 para casos humanitarios o solicitantes de asilo?
    La Propuesta 314 no contiene ninguna exención para los casos humanitarios pendientes o los solicitantes de asilo. Sin embargo, si alguien obtiene asilo u otro estatus legal, queda exento. Pero no hay exención mientras están en el proceso.
  • 1. Quiero legalizar un poder notarial, pero no tengo ningún documento de identidad del estado, ¿qué otras identificaciones son aceptables para notarizar documentos?
    Las siguientes identificaciones son aceptables para notarizar documentos en Arizona: Permiso de conducir no vencido expedido por un Estado o territorio de los Estados Unidos Pasaporte estadounidense no vencido Tarjeta de identificación de las fuerzas armadas no vencida Si la persona está en la cárcel/prisión, una tarjeta de identificación de recluso o cualquier forma de identificación de recluso. Otro documento de identidad no vencido expedido por los Estados Unidos o por un gobierno estatal o tribal. Debe incluir foto, firma y descripción física. Tarjeta de identidad consular no vencida expedida por un gobierno extranjero con verificación de identidad biométrica. Si usted (u otra persona) no dispone de uno de los documentos de identificación enumerados anteriormente, existen tres formas de obtener un documento notarial. Acuda a un notario que le conozca personalmente. Si el notario le conoce personalmente y lo suficientemente bien como para saber su identidad con razonable certeza, puede legalizar su documento sin necesidad de un documento de identidad válido. Persona/testigo creíble: Si tiene un amigo/familiar/compañero de trabajo que le conozca personalmente y sepa su identidad, este amigo/familiar/compañero de trabajo puede servir como persona creíble/testigo creíble para su firma si: Conocen a un notario. Si conocen personalmente a un notario que conoce su identidad, pueden ir con usted al notario y firmar bajo juramento afirmando que usted tiene la identidad que dice tener. O Si tienen la documentación requerida listada arriba para tener su firma notarizada. Si es así, pueden llevar su documentación al notario y luego firmar bajo juramento afirmando que usted tiene la identidad que dice tener. NOTA: La persona que requiere la certificación notarial debe seguir estando presente en la notaría y debe seguir firmando ante el notario.
  • 2. ¿Necesita mi comadre estatus migratorio legal si quiero darle poder legal parental sobre mis hijos en caso de emergencia?
    Según la ley de Arizona, la persona elegida para recibir el poder legal parental (por ejemplo, la comadre) debe ser mayor de edad (18 años o más) y estar dispuesta a aceptar la autoridad temporal sobre sus hijos. No se requiere que la persona elegida tenga estatus migratorio. Sin embargo, si la persona elegida para recibir el poder legal paternal no tiene estatus legal, existen ciertos riesgos/desventajas: a. A ellos también se los podría llevar la policía, la patrulla fronteriza, ICE, etc. De ser así, los niños a su cargo como resultado del poder legal paternal no tendrían a nadie más para cuidarlos y podrían terminar bajo custodia del DCS. b. Un menor sólo puede visitar a su progenitor bajo custodia de inmigración si va acompañado de un adulto mayor de 18 años con estatus legal. Si la persona elegida para el poder legal paternal no tiene estatus legal, deberá encontrar a otra persona que acompañe a los menores al centro de detención. Si no hay nadie disponible, esto podría impedir que los menores visitaran a su progenitor detenido.
  • 3. ¿Dónde debo guardar/compartir mis poderes legales? ¿En los colegios? ¿Archivos en casa? ¿Comadre que lo ejecutará? ¿Todos?
    Se recomienda realizar al menos tres copias ORIGINALES de cualquier poder legal (es decir, tres deben estar firmadas y selladas por un notario). Asegúrese de que todos sus poderes legales están actualizados y son válidos (véase la nota sobre validez). Se recomienda que: 1. Guarde un original de todos los poderes en una carpeta de defensa familiar en su casa (o si vive solo con otro familiar/amigo). Asegúrese de que otro familiar/amigo sepa dónde está esta carpeta y pueda acceder a ella en caso de emergencia. 2. Guarde un original de todos los poderes legales en la guantera de su coche (o en su persona si no tiene vehículo). Si lo detiene la policía, la patrulla fronteriza o ICE, dígales que tiene un poder legal paternal que permite a otra persona cuidar de sus hijos. Muéstreles el documento y exija (una y otra vez, si es necesario) su derecho a llamar por teléfono a esta persona para que sus hijos estén protegidos y no se los lleve el DCS. CONSEJO: En caso de que le quiten el teléfono, asegúrese de memorizar el número de esta persona. 3. Entregue el tercer poder legal original a la persona nombrada en el documento del poder. Si/cuando sea necesario que esta persona utilice el documento, debe mostrar el documento original pero no debe entregarle el original a nadie. Deberá hacer copias adicionales para dárselas a otras personas que lo soliciten. Validez de los poderes: Los documentos de poderes legales generalmente son válidos cuando se firman. La mayoría de los documentos de poder sólo terminan si se revocan, en una fecha específica que usted elija, o en caso de fallecimiento de la persona que firma el poder. Sin embargo, un poder legal paternal, que otorga a alguien un poder temporal para cuidar de su hijo, es válido durante un máximo de seis meses (a menos que sea militar, en cuyo caso es válido durante un año). Si usted firma un poder legal para sus hijos, es importante que firme tres nuevos poderes legales paternales originales cada seis meses.

Este documento proporciona información legal general sobre la planificación de la defensa familiar para inmigrantes en Arizona . Cada pregunta en este documento ha sido preparada y revisada por tres abogados locales. Aunque nos esforzamos por mantener toda la información actualizada, la información que aparece aquí puede cambiar o quedar obsoleta a medida que entren en vigor nuevas leyes y decisiones judiciales.Este documento tiene únicamente fines informativos generales y no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye a éste.

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